ITALIA: SOBRE LA MEDIDA ESPECIAL DE VIGILANCIA ORDENADA EN GÉNOVA Y SU APLICACIÓN

Las siguientes observaciones ya han sido, en su mayor parte, expresadas en textos anteriores; volver a proponerlas y precisarlas quiere ser, en la intención de quien escribe, una contribución a la reflexión y al posible debate sobre el tema de las medidas de prevención y limitación de la libertad que, en el último período, han ocupado ciertamente los titulares del «movimiento» por la frecuencia con que se solicita su aplicación contra lxs anarquistas, pero no sólo, ciertamente también contra muchos otrxs sujetxs del antagonismo social en general,

El recurso cada vez más frecuente a las medidas preventivas contra lxs anarquistas se está convirtiendo en una estrategia represiva claramente consolidada, que evoluciona, de diferentes maneras, a partir del éxito o el fracaso de las estrategias represivas anteriores.

En este sentido no hay nada nuevo ni extraño; la represión es una condición crónica para todxs aquellxs que no se resignan a conciliar con las prácticas de la dictadura democrática y capitalista. Se trata de una consideración amarga, pero es la representación más realista de lo que está ocurriendo y es una conciencia inevitable; en esta guerra, aunque sea de baja intensidad, ser demasiado ingenuo y naif tiene a menudo el efecto de desactivar el potencial del conflicto.

Afrontar la represión sin concesiones es la única manera de no traicionar la tensión que la provocó; no considerar su posibilidad, no apoyar las situaciones resultantes con herramientas analíticas y prácticas adecuadas y con determinación, tiene el efecto de comprometer el sentido y la eficacia de los caminos pasados y poner en jaque la posibilidad de los futuros, reduciendo las luchas a mera representación, las ideas a vagos fantasmas.

Cuando la máquina de la dominación avanza con todos sus aparatos para engullir, como en este caso, la vida de lxs compañerxs hasta en los aspectos más cotidianos, puede parecer difícil oponerse a ella, pero en nuestro deseo más disruptivo de libertad, en el odio a la autoridad y en la solidaridad activa podemos encontrar las palancas adecuadas para romper el frente del enemigo.

Estas consideraciones, por tanto, no quieren ser recriminatorias ni victimistas, sino una descripción de la forma en que, en el caso concreto genovés, ha madurado y se aplica esta medida.

El dispositivo de la vigilancia especial tiene una forma intrínsecamente indefinida, ambigua y discrecional también desde el punto de vista del derecho; es una medida preventiva, por lo tanto, una especie de juicio de la idea, de las intenciones; no está siempre y propiamente ligada a delitos específicos, tiene como objetivo golpear una conducta de vida en conflicto con el Estado y sus instituciones, con el fin de limitar a la persona a la que se destina en su libertad de movimiento, de expresión y de acción en general; esta naturaleza vaga y elusiva hace que se pueda aplicar en una amplia variedad de casos y modalidades.

En el caso de la esfera anárquica, se puede afirmar tranquilamente que su uso, recientemente más extendido, se sitúa como un perfeccionamiento de la estrategia represiva ya ampliamente experimentada por el Estado, es decir, la expresada a través del ya habitual recurso a la serie de delitos asociativos (270 cp & compañía) y a través de los delitos de instigación o asociación para delinquir; A través de los distintos grados de juicio, en los largos procesos judiciales que de ellos se derivan, estos innobles instrumentos han demostrado perder, en algunos casos, parte de su eficacia, al menos en lo que a los objetivos de horca del Estado se refiere, y en más de una ocasión las cacareadas investigaciones por terrorismo han terminado por desinflarse, al menos en parte. No todas, por desgracia: aunque en ninguna de ellas han aparecido pruebas objetivas e irrefutables contra lxs acusadxs, estas investigaciones han dejado huellas tangibles en la vida de lxs compañeros implicadxs.

A principios de noviembre de 2020 se notifica a un compañero de Génova, la solicitud de una medida de vigilancia especial: el fiscal Federico Manotti, acosador empedernido que durante años ha estado acosando a lxs anarquistas de Génova, calca la mano con una solicitud de restricciones máximas (obligación de volver a la noche de 21 a 6, la obligación de vivir en el municipio, la prohibición de asistir a lxs presuntos delincuentes y las personas afectadas por las medidas cautelares, la prohibición de asistir a actividades e iniciativas) durante 5 años. Cabe señalar que el fiscal en cuestión es el mismo que acusa a lxs compañerxs Beppe, Natascia y Robert en la operación «Prometeo» y que acaba de obtener una condena de 5 años para Beppe sobre la base de una acusación muy cuestionable.

Contextualmente, surge una investigación, hasta ese momento desconocida, concluida con la solicitud, referida a 2019, siempre por el habitual Manotti, de medidas cautelares contra algunos anarquistas con el cargo de 270 bis por la supuesta pertenencia a una célula de la FAI (Federazione Anarchica Informale) de inspiración genovesa, y por una serie de atentados contra antenas de telecomunicaciones ocurridos en Génova en el espacio de unos años; esta solicitud de medidas cautelares fue rechazada y desestimada por el Tribunal de Génova debido a la falta de elementos circunstanciales concretos atribuibles a cualquiera de los acusados.

Tenemos, por lo tanto, el cuadro de la situación: un Fiscal tenaz que, siguiendo las directrices de la Dirección Nacional Antimafia y Antiterrorista, orquesta, también en Génova, una investigación en la línea de otras similares puestas en marcha en el territorio nacional, que se han convertido ya en un clásico de la campaña antianárquica. No se rinde ante la evidencia de que no tiene nada en la mano para incriminar a compañerxs y busca estrategias transversales para golpearlxs, utilizando la sugerencia de una investigación que él mismo promovió y que ya ha sido desestimada por el Tribunal, para apoyar la petición de vigilancia especial contra unx de ellxs. Es evidente la construcción de un castillo acusatorio que se autoalimenta, con la intención de aislar a ciertxs individuxs, reducirlxs al silencio y limitar su accesibilidad.

En concreto, Manotti argumenta la necesidad de esta medida apoyándose en dos líneas de acusación diferentes: Por un lado, propone algunas hipótesis que no se apoyan en ninguna prueba concreta, es decir, que en el seno de lxs anarquistas genoveses se ha coagulado una célula de matriz FAI y que el compañero investigado forma parte de ella, y aquí evidentemente intenta sentar las bases para posteriores peticiones de medidas a tomar contra otrxs compañerxs (la intención de volver a proponer el esquema del teorema asociativo adaptándolo a la nueva estrategia es clarísima); Por otro lado, enumera una serie de prerrogativas personales que, según él, son indicativas de la extrema peligrosidad de la compañera acusada, escarbando en el tiempo durante 20 años en su trayectoria vital, y descubre el agua caliente, es decir, su condición de anarquista, el hecho de que mantenga contactos con otrxs anarquistas, su actividad manifiesta de apoyo y solidaridad con lxs presxs anárquicxs, y la difusión de textos y material de contrainformación, el hecho de que esta conducta se haya mantenido durante años sin interrupción.

Queda claro, por tanto, el uso instrumental de la sugestión que producen las acusaciones trucadas que, sin embargo, ni siquiera se reflejan en las sentencias del mismo tribunal; o Manotti pone la mano en las acusaciones y peticiones sabiendo muy bien que está pidiendo lo máximo para obtener lo mínimo, demostrando claramente cómo funciona el juego de las partes en esas tristes salas de audiencia, y muestra qué nivel de bajeza está dispuesto a descender para gratificar por un lado sus necesidades de carrera y por otro sus mandantes del Ministerio del Interior que deben justificar de alguna manera el hecho de llevar durante años una diligente investigación contra lxs anarquistas en Génova sin poder conseguir nunca gran cosa.

Después de dos audiencias, a finales de enero, el juez decide dictar, en perjuicio del compañero, la medida de la vigilancia especial durante dos años, con todas las restricciones (obligación de permanecer en casa, volver por la noche, de 22:00 a 5:00, prohibición de frecuentar con delincuentes y personas sujetas a medidas de limitación preventiva de la libertad, prohibición de participar en manifestaciones no autorizadas y situaciones de movimiento en general). Cabe señalar que la medida se dicta a pesar de que se decreta la inadmisibilidad de la principal hipótesis acusatoria, es decir, la de la afiliación a la FAI: en particular, la medida del Tribunal de Génova declara que manifestar la aprobación de las acciones reivindicadas por una sigla, expresar la solidaridad, contribuir con actividades de apoyo a lxs anarquistas procesadxs y encarceladxs, mantener correspondencia o frecuentar a compañerxs que están, a su vez, acusadxs de delitos de terrorismo o que pueden ser rastreadxs a ciertas siglas específicas, no constituyen los requisitos para poder demostrar, en un proceso penal, la afiliación a una asociación.

Sin perjuicio de que la farsa organizada por el lacayo Manotti, con todas sus fantasiosas reconstrucciones e intentos de espectáculo, ha revelado su inconsistencia hasta en las propias salas de audiencia (¡¡y eso es decir mucho!!), la medida de vigilancia especial se dicta, sin embargo, para ciertos antecedentes penales de menor importancia que, según la interpretación actual del Código Penal, no tendrían, en ningún caso, las características para constituir un requisito de atribución.

Este resultado no es tan sorprendente, ya que estaba claro, desde el principio, que la presión ejercida por los aparatos institucionales implicados habría conducido a un resultado penalizador para el compañero acusado, más allá de que las prerrogativas, en términos de ley, ni siquiera existían para imponer la medida preventiva.

La medida entró en vigor, por tanto, a principios de febrero, con todo el control policial que la acompaña. La venganza del Estado se concreta, a diario, en las más miserables represalias: las peticiones presentadas por la compañera han sido rechazadas hasta el momento, pero por otro lado se han producido nuevas denuncias por episodios completamente irrelevantes y advertencias más o menos formales por el hecho de no someterse voluntariamente a los rituales de control.

En la banalidad de su aplicación diaria la medida se revela en sus características peculiares. Por un lado, toma la forma de la venganza y el castigo, la culpa que hay que pagar por apoyar las propias ideas; la omnipresencia del control pone a quienes están sometidos a él cada día frente al límite de sus propios espacios de expresión y usabilidad incluso para las actividades más comunes y obvias.

Por otro lado, implementa una separación: lxs individuxs consideradxs peligrosxs para el proceso de pacificación social son aisladxs, una especie de confinamiento de la memoria fascista readaptada a la sociedad de control contemporánea, que pretende aislarlxs de los contextos donde las semillas de su pensamiento crítico podrían correr el riesgo de arraigar y germinar.

Para todxs lxs demás se propone como medida disuasoria.

Como, además, se prefiguraba la tipología de la solicitud, basada fundamentalmente en el modelo del delito de asociación, la cuestión no se limita a un asunto exclusivamente «personal»: otra solicitud de vigilancia especial, con modalidades similares, se hizo contra otrx compañerx en Génova.

Parece bastante obvio que la extensión de estas medidas podría extenderse fácilmente y mucho más allá de la esfera anárquica.

El Estado despliega sus medios y aparatos para intentar aplastar a lxs individuxs refractarixs a la autoridad y neutralizarlxs: la manera de equilibrar la disparidad de fuerzas en el campo es no mirar hacia otro lado, no esperar más, rasgar el velo del aislamiento.

La práctica de la solidaridad es un arma.


FUENTE: INFERNO URBANO
TRADUCCIÓN: ANARQUÍA