ESPAÑA: EL DESHIELO DE LA «OPERACIÓN ICE»

Tal vez menos conocida que sus predecesoras “Pandora” y “Piñata”, y siendo cierto que por sus características y distinto hilo conductor carece de vinculación con las mismas, no lo es menos que la “Operación Ice” ha de encuadrarse sin duda dentro de las llevadas a cabo por parte de la Policía Nacional contra el movimiento anarquista en el Estado español a lo largo de los cuatro últimos años.

En el marco de la misma seis personas de entre 19 y 23 años que llevaban a cabo un estilo de vida Straight Edge fueron detenidas en sus casas, las cuales fueron sometidas a registro y se procedió a requisar abundante información contenida en todos sus equipos informáticos y de comunicación. Cuatro de esas personas quedaron en libertad tras pagar fianzas de entre 3.000 y 10.000 €. Dos ingresaron en prisión sin fianza, siendo puesta en libertad una de ellas a los 20 días de encarcelamiento. El último de ellos, el señalado por la policía como presunto «líder» (Nahuel), no alcanzó la libertad hasta pasado más de año y medio. Durante ese tiempo estuvo sometido al régimen penitenciario del FIES, propio de un miembro de una banda armada, en algunas ocasiones en aislamiento y pasó por cinco centros penitenciarios distintos, uno de ellos el de Sevilla II, a más de 500 kilómetros de su entorno social y de su defensa jurídica.

En esencia la policía apuntaba al movimiento Straight Edge como una organización criminal con fines terroristas, enaltecimiento del terrorismo en redes social y les acusaba del ataque con material incendiario contra sedes bancarias.

Lamentablemente la “Operación Ice” no ha seguido la misma suerte que sus vecinas “Pandora” y “Piñata”, que han sido archivadas sin llegar a juicio, tras no haber podido acreditarse ningún tipo de actividad delictiva. En el caso de Straight Edge, recientemente se nos ha notificado el escrito de acusación de Fiscalía, la cual finalmente formula acusación exclusivamente por un delito de enaltecimiento del terrorismo, archivando el resto de ilícitos investigados. Esto a pesar de una instrucción que ha durado años, de las decenas de escritos y recursos presentados, de los varios meses de prisión preventiva de Nahuel (al que se le denegó la libertad hasta en cinco ocasiones, entre otras cosas por «la gravedad del delito investigado«). Ahora resulta que sólo había mimbres para acusar por un delito de enaltecimiento del terrorismo para el que el fiscal pide dos años de cárcel a cada una de las personas investigadas. Es decir, aún sin haber sido condenado y sin haber celebrado ni tan siquiera el juicio, Nahuel ya ha cumplido (en calidad de preso preventivo) casi toda la condena que solicita el Ministerio Público. Difícil de explicar al afectado, sin duda.

Otra de las consecuencias de las conclusiones del Fiscal es que lo que iba a ser un juicio contra una presunta organización terrorista, se ha quedado en el ya típico procedimiento contra tuiteros en el estado español. Y ello porque el grueso del material probatorio de la acusación se centra en una serie de publicaciones en la cuentas de Facebook y de Twitter que operaban bajo la denominación de Straight Edge Madrid. La más esperpéntica sin duda es, y citamos textualmente del escrito de acusación de fiscalía, «Goku vive, la lucha sigue«. Quizás se deba a que el nombre del personaje de Vegeta recuerda demasiado al veganismo propio de los Straight Edge. En cualquier caso, sin duda da una idea de hasta qué punto la elasticidad del concepto de terrorismo en nuestros tribunales está consiguiendo una deformación grotesca del mismo. Sería extraordinariamente cómico si no fuese peligrosamente trágico.

Otro de los contenidos de la acusación se sustenta sobre la presunta confección y difusión a través de Youtube de vídeos y documentales en los cuales, según la fiscalía, se hace una defensa de la insurrección violenta contra el Estado y contra el sistema capitalista. Sin entrar aquí, por ser materia de juicio, si eso es cierto o no, o si siendo eso cierto si estaría amparado por la libertad de expresión o no, lo cierto es que en otros países de nuestro entorno se ha entendido que no lo es. Prueba de ello es que la nueva Directiva Europea de lucha contra el terrorismo de 2017 armoniza, por primera vez a nivel europeo, los delitos de enaltecimiento del terrorismo; pero ésta únicamente entiende que se comete un delito de enaltecimiento cuando “se incita directa o indirectamente a cometer actos de terror”. Las expresiones meramente políticas o intelectuales, que teorizan sobre la violencia sin practicarla y sin espolear a otros a hacerlo, quedan al margen del Derecho Penal si aplicamos, de manera restrictiva, esta normativa europea.

Por su parte, en Estados Unidos se protege con ahínco la libertad de expresión, que no en vano se encuentra recogida en la Primera Enmienda de su Constitución. En su tradición jurídica se encuentra fuertemente arraigada la doctrina del liberalismo jurídico estadounidense que el juez O.W. Holmes inaguró con su famosa teoría del “mercado de las ideas” y por la cual se nos advertía de que “debemos estar siempre vigilantes contra los intentos de impedir las expresiones que aborrecemos”.

La “Operación Ice”, tras una larga y compleja instrucción, llegará finalmente a juicio muy diluida. Sin duda después del sobreseimiento de buena parte de la causa esto es lo mejor que podía pasar para poner otro cerrojo a la teoría policial del “terrorismo anarquista” que durante los últimos años ha campado a sus anchas por los juzgados de instrucción de la Audiencia Nacional.

FUENTE: BRIEGA